Régimen de Convivencia
- fpabogados
- 25 may 2017
- 2 Min. de lectura
Un caso muy común de diferencia entre los padres de un menor, que viven separados; es que la persona que mantiene la guarda y custodia del menor no permite al otro padre ver, visitar y convivir con su hijo, normalmente no le recibe dinero para la manutención del menor, para así fundar su negativa a la convivencia entre el padre y el menor.

Lo idónea es promover un juicio para establecer el régimen de convivencias con el o los menores y solicitar el establecimiento de una pensión alimenticia, la cual será entregada a quien tenga la custodia del menor, y que se establecerá de acuerdo a las necesidades de la menor y a las posibilidades de quien debe de proporcionarla.
Los menores hijos de padres divorciados tienen el derecho a convivir con ambos. Si los padres no se ponen de acuerdo, el Juez de lo Familiar determinará lo más apropiado para el menor.
Para determinar que padre ejercerá la guarda y custodia, la preferencia del menor no puede ser determinante, ya que para ello, un Juez de lo Familiar atenderá al acuerdo de los padres o en su caso a las diversas circunstancias que rodean el caso.

El derecho de los menores a ser escuchados por el Juez de lo Familiar, se otorga para que, oyendo su opinión, el juzgador pueda conocer sobre su personalidad, necesidades, inclinaciones o dificultades, de tal forma que se pueda resolver lo más benéfico para ellos, en una edad en que, aunque pueden formarse un criterio, no siempre sus decisiones presentan un juicio cabal de lo que más les conviene en relación con su guarda y custodia.
¿Que necesito para tramitarla?
Original del acta de matrimonio, si es casado(a).
Original del acta de nacimiento de los hijos.
Domicilio particular donde se ejercerá la convivencia.
Domicilio donde habita elo los menores.
Nombre y domicilio de dos testigos a quienes les consten los hechos.
Comprobante de gastos especiales que requiera el acreedor alimentario.
¿Cuánto Cuesta?
Cuota Inicial desde $6,500.00
Pagos mensuales desde $500.00 por el tiempo que dure el juicio.
ESTO INCLUYE:
La redacción y presentación de la demanda.
Presentación de oficios ante las empresas que deban realizar el descuento de la pensión alimenticia en caso de que se ordene.
Representación y asesoría personalizada durante todo el procedimiento.
(solo aplica en la Ciudad de México)
Estos precios no incluyen gastos de notificaciones, notificaciones por edictos, exhortos, tramitación de incidentes, apelaciones, amparos, avalúos, gastos notariales, fianzas, ni el otorgamiento del poder notarial en caso necesario.
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