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DIVORCIO INCAUSADO

  • Foto del escritor: fpabogados
    fpabogados
  • 24 jul 2019
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 3 mar 2020

Anteriormente, los trámites para divorciarse eran largos y engorrosos. Era necesario invocar una causal para que la demanda procediera, acreditar la causal invocada mediante el desahogo de muchas pruebas las cuales muchas veces incluían alegatos entre los divorciantes que hacían que el ambiente durante el trámite estuviera lleno de violencia verbal y a veces física. Los procedimientos duraban años y muchas veces, las partes involucradas se aburrían y dejaban el trámite sin concluir.

Ahora, para divorciarse en la Ciudad de México YA NO SE REQUIERE INVOCAR UNA CAUSAL PARA TRAMITARLO.

El divorcio incausado o divorcio exprés como lo han llamado los medios de comunicación, procede cuando ambos cónyuges, solicitan a un Juez de lo familiar la disolución de matrimonio, en este caso estamos ante el Divorcio Voluntario o Bilateral. Cuando uno sólo de los cónyuges solicita el divorcio, estamos ante el Divorcio Unilateral, en éste caso, no se requiere el consentimiento del otro cónyuge para solicitar el divorcio

A la solicitud o demanda de divorcio se debe de acompañar un proyecto de convenio, en el que se deberá prever lo siguiente:

- Guardia y custodia de los hijos y derecho de visitas del otro cónyuge;

- La forma en que se proporcionarán los alimentos

- Uso del domicilio conyugal y menaje;

- La administración de los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide; y,

- En el régimen de separación de bienes, la compensación que se dará al cónyuge que se haya dedicado al hogar durante el matrimonio, o que no haya adquirido bienes o habiéndolos adquirido sean menores a los de su contraparte.

No importa si el matrimonio se contrajo en algún otro estado de la República Mexicana. Si el último domicilio conyugal estuvo dentro de la Ciudad de México, SI PUEDE PROMOVER EL JUICIO DE DIVORCIO.

¿Que Necesito?

DIVORCIO BILATERAL:

  • Que ambos cónyuges quieran en divorciarse

  • Tener como último domicilio conyugal la Ciudad de México

  • Tener por lo menos un año de casados

  • Acta de matrimonio

  • Acta de nacimiento de sus hijos aún mayores y menores

  • Capitulaciones Matrimoniales

  • Certificado de no embarazo

  • Garantía para la pensión alimenticia entre cónyuges o hijos.

  • Comprobante de ingresos de los cónyuges.

  • Identificación oficial vigente de los cónyuges

  • Firmar la solicitud y el convenio que se presentará ante el Juez.

  • Comparecer las dos partes a la audiencia de ratificación de la solicitud de divorcio.

DIVORCIO UNILATERAL

  • Tener como último domicilio conyugal la Ciudad de México.

  • Tener cuanto menos un año de casados

  • Acta de matrimonio

  • Actas de nacimiento de sus hijos, aún mayores y menores

  • Capitulaciones Matrimoniales

  • Identificación oficial vigente

  • Firmar la solicitud y diversos escritos que se presentarán durante el juicio.

  • En caso de que no pueda acudir al Juzgado y a las audiencias, podremos representarlo mediante un poder notarial que deberá de otorgarnos ante el notario de su preferencia.

¿Cuanto Cuesta?

Divorcio Bilateral: Desde $6,500 00 (mas gastos y pago de derechos) (si las dos partes están de acuerdo en divorciarse)

50 % A la firma de la solicitud o demanda

25 % Al término de la audiencia de conciliación o ratificación.

25 % al recibir copia de la sentencia de divorcio.

Divorcio Unilateral: Desde $14,000.00 (mas gastos y pago de derechos)(Dependiendo la complejidad del asunto)

(si alguno de los cónyuges no quiere dar el divorcio)

25 % A la firma de la solicitud o demanda

25 % a la presentación de la demanda ante el juzgado.

25 % Al término de la audiencia de desahogo de pruebas.

25 % al recibir copia de la sentencia de divorcio.

Representación por Poder Notarial $ 6,000.00 adicionales a los honorarios que correspondan

Estos honorarios, aplican sólo en la Ciudad de México

Gastos Extraordinarios no contemplados en el servicio anterior:

​Gastos de notificaciones, notificaciones por edictos, exhortos, tramitación de Incidentes de Liquidación de Sociedad Conyugal, Pensión Alimenticia, Guarda y Custodia y Competencia, Apelaciones, Amparos, Avalúos, Gastos Notariales, Fianzas, ni el otorgamiento del poder notarial en caso necesario.

En caso de cancelación después de presentada la demanda se cubrirá el 50 % de honorarios correspondientes.


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